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	<title>Escalas Salariales &#187; Salario Domèstico</title>
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		<title>Nuevo Régimen Especial de Contrato de Trabajo de Casas Particulares</title>
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		<pubDate>Mon, 06 May 2013 05:41:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>daniel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Empleadas Servicio Doméstico]]></category>
		<category><![CDATA[Salario Domèstico]]></category>
		<category><![CDATA[derechos empleadas de hogar]]></category>
		<category><![CDATA[Nuevo Régimen Especial de Contrato de Trabajo de Casas Particulares]]></category>
		<category><![CDATA[Nuevo régimen laboral servicio doméstico]]></category>

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		<description><![CDATA[El Régimen Especial de Contrato de Trabajo de Casas Particulares constituye toda una gama de nuevos y mejorados derechos para [...]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<div class="bottomcontainerBox" style="background-color:#F0F4F9;">
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			</div><div style="clear:both"></div><div style="padding-bottom:4px;"></div><p style="text-align: justify"><a href="http://escalassalariales.com.ar/files/2013/05/empleadas-domesticas.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-804" alt="Print" src="http://escalassalariales.com.ar/files/2013/05/empleadas-domesticas.jpg" width="214" height="149" /></a>El <strong>Régimen Especial de Contrato de Trabajo de Casas Particulares</strong> constituye toda una gama de nuevos y mejorados <strong><a href="http://salariominimovital.com.ar/empleadas-domesticas.html">derechos</a> para las</strong> <strong>empleadas de hogar del servicio doméstico</strong> argentino. Esto es gracias a la promulgación de la nueva ley para empleadas domésticas que posibilita reconocerles un conjunto de derechos que son en si los mismos derechos que vienen gozando los demás trabajadores de los demás sectores de actividad.</p>
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify"><span id="more-802"></span></p>
<p style="text-align: justify">Para las empleadas de hogar significa una reinvindicación histórica sobre sus derechos laborales, a partir de que el Gobierno Nacional publicara en el Boletín Oficial la nueva ley para las empleadas domésticas, que dentro del aspecto de la ley y técnica y formalmente se llama <a href="http://escalassalariales.com.ar/nuevo-regimen-laboral-servicio-domestico.html"><strong><em>&#8220;Régimen Especial de Contrato de Trabajo de Casas Particulares&#8221;.</em></strong></a></p>
<p style="text-align: justify">Según la nueva ley, permite que se cree un<strong> </strong><strong>Régimen Laboral para <a href="http://escalassalariales.com.ar/escala-salarial-empleada-domestica-cordoba.html">Empleadas Domésticas</a></strong>, dentro de lo que se ven reconocidos los mismos derechos que los trabajadores disfrutan en aspectos como los de: vacaciones pagas, licencia por maternidad y por enfermedad, indemnización por despido, y jornada de trabajo, entre otros aspectos.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Derechos Básicos Reconocidos:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">-Vacaciones pagas</p>
<p style="text-align: justify">-Licencia por maternidad</p>
<p style="text-align: justify">-Licencia por enfermedad</p>
<p style="text-align: justify">-Indemnización por despido</p>
<p style="text-align: justify">-Una jornada de trabajo de 48 horas semanales como máximo</p>
<p style="text-align: justify">-Un conjunto de derechos más</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Salario Mínimo Empleadas Domésticas:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">El <a href="http://escalassalariales.com.ar/salario-minimo-del-personal-domestico.html"><strong>salario mínimo de las empleadas domésticas</strong></a>, lo tendrá que establecer una comisión que debe crear el Ministerio de Trabajo mientras que la cartera laboral deberá fijar el salario básico. Ante el despido sin causa, la empleada deberá ser indemnizada como los demás trabajadores, esto significa 1 mes de salario por cada año de antigüedad que tuvieran hasta el despido, además de que las horas extras deberán pagarse con un plus del 50% por los días laborales, además de un plus del 100% por los domingos y feriados.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Protección a las Empleadas Domésticas Menores de 16 Años:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">La ley establece que está totalmente prohibido que las menores de 16 años puedan trabajar, además de que las empleadas menores de edad si bien para el caso mayores de 16 años,  se les debe respetar una serie de derechos, además de que estas deben contar con un &#8220;certificado de aptitud física&#8221;, y derechos como que la jornada laboral No puede superar las 6 horas al día Ni tampoco las 36 horas semanales laborales.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Contratación:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">La <strong>contratación</strong> deberá ser <strong>&#8220;con retiro&#8221;,</strong> esto hace que la <strong> empleada doméstica</strong> que elijan contratar No puede quedarse a dormir en el domicilio en que trabaje, no pudiendo ser empleada con cama adentro; según la<strong> ley, número 26488</strong>,  trata sobre las trabajadoras sin retiro para un mismo empleador y con cama adentro -en el domicilio-, además de las trabajadoras con tareas con retiro para un mismo y único empleador; y/o trabajadoras con tareas con retiro pero que trabajen para diferentes empleadores, todas ellas se ven alcanzadas por la ley, siendo un total de 1 millón de trabajadoras de hogar.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Derecho a Vacaciones Pagas:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">Las empleadas domésticas con cama adentro, las que trabajan por hora, y empleadas domésticas que trabajen para uno o más empleadores. Tienen derecho a unas vacaciones pagas, que serán de 14 días si tuvieran 5 años de antigüedad, y será de 35 días superando los 20 años de antigüedad.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Derecho a Licencia por Enfermedad:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">Si la empleada doméstica tuviera que ausentarse por enfermedad, su empleador deberá pagarle por la licencia por enfermedad, la misma será hasta de 3 meses, y si la empleada tuviera menos de 5 años de antigüedad, y hasta 6 meses superando dichos 5 años.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Derecho a una Licencia por Maternidad, por Matimonio, por Fallecimiento y por Exámenes:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">Las empleadas tienen derecho a licencias pagas por nacimiento de un hijo, por matrimonio, por fallecimiento de familiares, y licencias por rendir exámen de sus estudios universitarios. Además de la licencia por embarazo que será como la licencia por maternidad que gozan las trabajadoras en general; además del beneficio añadido de que no podrán despidirlas durante el embarazo.</p>
<h3 class="textual" style="text-align: justify"><strong>Derechos en la Jornada Laboral:</strong></h3>
<p style="text-align: justify"><span>Respecto a los derechos dentro de la jornada laboral, las horas trabajadas no podrán superar las 8 horas diarias ni superar las 48 horas semanales. Además de que las empleadas tendrán derecho a un descanso de 35 horas seguidas a la semana, iniciando desde el sábado, a las 13 horas. </span></p>
<p style="text-align: justify">Mientras que las trabajadoras con cama adentro, tienen derecho a descansar unas 9 horas diarias seguidas, y a un descanso de 3 horas entre las tareas matutinas y vespertinas y al derecho a una habitación privada, amueblada e higiénica.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Salario mínimo del personal doméstico</title>
		<link>http://escalassalariales.com.ar/salario-minimo-del-personal-domestico.html</link>
		<comments>http://escalassalariales.com.ar/salario-minimo-del-personal-domestico.html#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 24 Mar 2013 05:22:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>guido</dc:creator>
				<category><![CDATA[Salario Domèstico]]></category>
		<category><![CDATA[Nuevo régimen laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Salario mínimo del personal doméstico]]></category>
		<category><![CDATA[servicio doméstico]]></category>

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		<description><![CDATA[Novedades en el Nuevo Régimen Laboral para Empleadas Domésticas! Entre las novedades que se han conocido para el personal doméstico [...]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<div class="bottomcontainerBox" style="background-color:#F0F4F9;">
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<h3 style="text-align: justify"><strong>Novedades en el <a href="http://escalassalariales.com.ar/nuevo-regimen-laboral-servicio-domestico.html">Nuevo Régimen Laboral</a> para Empleadas Domésticas!</strong></h3>
<p style="text-align: justify">Entre las novedades que se han conocido para el personal doméstico está el muy importante e histórico reconocimiento del <strong>Nuevo Régimen Laboral</strong> <strong>para el Pèrsonal Doméstico. </strong>Entre las novedades están los<strong> nuevos derechos, el salario mínimo para el personal doméstico y la</strong> <strong>jornada laboral, las vacaciones,</strong> y demás derechos laborales.</p>
<p style="text-align: justify"><span id="more-83"></span></p>
<p style="text-align: justify">Entre lo referido a la <strong>jornada laboral</strong> la novedad es que <strong>No podrá superar las 8 horas al día como tampoco las 48 horas semanales de trabajo</strong>. A su vez las <strong>empleadas domésticas</strong> tienen el nuevo derecho a descansar 35 horas de corrido semanalmente, y desde el día Sábado, desde las 13 horas.</p>
<p style="text-align: justify">Mientras que las <strong>trabajadoras domésticas</strong> <strong> con cama adentro,</strong> tienen el derecho a un <strong>descanso al día de hasta unas 9 horas seguidas</strong> como tiempo mínimo de descanso, y hasta<strong> 3 horas entre tareas matutinas y vespertinas</strong> en la jornada laboral. Además del derecho si son personal con cama adentro de tener  habitación privada, amueblada e higiénica en dicho caso.</p>
<h3><strong>Establecimiento del Salario Mínimo del Personal Doméstico:</strong></h3>
<p>Respecto al Salario Mínimo este deberá fijarlo una comisión que debe crearse por el Ministerio de Trabajo, además de que este ministerio tendrá que fijar el Salario Básico para las empleadas domésticas por lo que seguramente en estas semanas o mes habrá novedades que comunicaremos.</p>
<h3><strong>Indemnización por Despidos:</strong></h3>
<p>Para el despido sin causa, cada empleada doméstica podrá obtener una indemnización que deberá ser igual a la que se les paga los demás trabajadores, que deberá ser equivalente a 1 mes de salario por año de antigüedad. En cuanto a las horas extras se las tendrán que pagar acompañada de plus del 50% los días laborales y otro del 100% por domingos y feriados.</p>
<h3><em><strong>Nuevos Derechos del Régimen Laboral del Servicio Doméstico:</strong></em></h3>
<p>-Vacaciones pagas (14 días hasta los 5 años de antigüedad, y 35 días pasados los 20 años de antigüedad)<br />
-La licencia por maternidad<br />
-Licencia por enfermedad (el empleador tendrá que pagarle la licencia, de hasta 3 meses, para la empleada con menos de 5 años de antigüedad, y de 6 meses cuando la antigüedad es mayor)<br />
-Cobro de indemnización por despido<br />
-Beneficio de una jornada de trabajo máxima de 48 horas.<br />
-Licencia paga por nacimiento de un hijo<br />
-Licencia paga por matrimonio<br />
-Licencia paga por fallecimiento de un familiar<br />
-Licencia paga por exámenes de estudios.<br />
-Licencia por embarazo similar a la que disfrutan las demás trabajadoras. Esto evita el despido en el embarazo.</p>
<p><strong>-</strong>Jornada laboral un máximo de 48 horas semanales.</p>
<p>-Descanso nocturno para empleada cama adentro de 9 horas y diurno, de 3 horas<strong></strong></p>
<h3><strong>Regularización</strong>:</h3>
<p>Los empleadores de contratadas antes de esta la ley, disponen  de plazo 180 días para regularizar la situación.</p>
<p><iframe width="500" height="375" src="http://www.youtube.com/embed/velArMQmIMM?feature=oembed" frameborder="0" allowfullscreen></iframe></p>
<h3><strong>Nueva Escala Salarial:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">Seguramente al tener que fijar el nuevo Salario Mínimo para el personal doméstico se tendrá que modificar lo logrado en las anteriores negociaciones del <strong>salario mínimo para el personal de trabajo doméstico</strong> que debía regir desde el pasado 1 de Noviembre de 2012 y que se oficializó a través de una Resolución en el Boletín Oficial.</p>
<p style="text-align: justify">La medida adecuó las <strong><a href="http://www.finanzasblog.com.ar/escalas-salariales-2010-2011/">escalas salariales </a>mínimas del </strong><a href="http://www.finanzasblog.com.ar/servicio-domestico-escala-salarial/"><strong>Personal de Trabajo Doméstico</strong>,</a> considerando los avances que, en materia de <a href="http://buscartutrabajo.com.ar/calculo-de-sac.html">remuneraciones </a>de los trabajadores en general, se han producido en 2012 en el marco de la negociación colectiva.  Dicha Resolución 1350 sostiene a su vez que “<em>dentro del marco descripto cabe tener presente los recientes incrementos dispuestos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, tendientes a establecer límites precisos que permitan mantener el nivel de los salarios de los trabajadores”.</em></p>
<p style="text-align: justify">Escala Salarial que se divide en 5 categorías, teniendo en cuenta funciones y cantidad de horas trabajadas por lo que con los nuevos derechos en esta materia del Nuevo Régimen Laboral del Servicio Doméstico hace que las siguientes escalas salariales deban revisarse.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Primera Categoría:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">La <strong>primera</strong> abarca institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses, quienes deberán percibir 3.184,01 pesos si es personal con 8 horas de trabajo con retiro y se elevará a 3.549,13 en el caso de no serlo.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Segunda Categoria:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">La <strong>segunda categoría</strong> agrupa a cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares, cuyos haberes rondarán entre $2.954,95  (personal con retiro 8 horas) y $3.549,13 (sin retiro).</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Tercera Categoria:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">La <strong>tercera categoría</strong>, en tanto, tiene que ver con cocineros/ras, mucamos/as, niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, caseros y jardineras, cuyos salarios mínimos fueron establecidos en 2.886,93 pesos a partir del 1 de noviembre.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Cuarta categoria:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">En el caso de aprendices en general de 16 a 17 años de edad, quienes figuran en una <strong>cuarta categoría</strong>, se fijó la remuneración en 2.568,30 pesos, según consta en el anexo de la resolución.</p>
<h3 style="text-align: justify"><strong>Quinta Categoria:</strong></h3>
<p style="text-align: justify">Finalmente, la<strong> quinta categoría </strong>agrupa a personal con retiro que trabaja diariamente y establece los siguientes montos: 2.589,85 pesos en caso de desempeñar tareas durante ocho horas por día, con un pago de $19,74 por hora; <strong>1.294,93</strong> pesos por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias y $19,74 la “hora de excedencia”.</p>
<p style="text-align: justify">“La adecuación salarial dispuesta por esta resolución será de aplicación en todo el territorio de la Nación, con excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia”, aclara en su artículo segundo el texto oficial, que lleva la firma del ministro de Trabajo, Carlos Tomada. El último aumento salarial del 23% otorgado por el gobierno nacional al personal doméstico a partir del 1º de Noviembre ya está publicado en el Boletín Oficial por lo que las escalas vigentes.</p>
<p style="text-align: justify">Respecto a los aportes y contribuciones, desde enero rige el aumento de aportes y contribuciones al personal doméstico con destino a la obra social: el valor que el empleador debe para por jubilación más cobertura de salud, según la Resolución conjunta de los Ministerio de Economía y de Salud publicada ayer en el Boletín Oficial, se mantiene en 95 pesos por mes.</p>
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		<title>Nuevo régimen laboral servicio doméstico</title>
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		<pubDate>Sat, 23 Mar 2013 03:19:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>daniel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Salario Domèstico]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo de la Mujer]]></category>
		<category><![CDATA[empleadas del servicio doméstico]]></category>
		<category><![CDATA[empleadas domésticas]]></category>
		<category><![CDATA[Nuevo régimen laboral]]></category>

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		<description><![CDATA[Finalmente salió el nuevo Régimen Laboral para las empleadas domésticas un reconocimiento que estaban buscando y que el Congreso acabó [...]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<div class="bottomcontainerBox" style="background-color:#F0F4F9;">
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			</div><div style="clear:both"></div><div style="padding-bottom:4px;"></div><h3 style="text-align: justify;"><a href="http://escalassalariales.com.ar/files/2013/03/Régimen-laboral-servicio-doméstico.jpg"><img class="alignleft  wp-image-726" title="Régimen laboral servicio doméstico" src="http://escalassalariales.com.ar/files/2013/03/Régimen-laboral-servicio-doméstico.jpg" alt="" width="173" height="173" /></a>Finalmente salió el <strong>nuevo Régimen Laboral</strong> para las <a href="http://www.finanzasblog.com.ar/servicio-domestico-escala-salarial/"><strong>empleadas domésticas</strong></a> un reconocimiento que estaban buscando y que el Congreso acabó de aprobar hace una semana la ley da reconocimiento en cuanto a mismos derechos que tienen los demás trabajadores, lo que los pone en un mismo nivel. Este es una gran paso para las <strong>empleadas del <a href="http://escalassalariales.com.ar/salario-minimo-del-personal-domestico.html">servicio doméstico</a></strong> que tanto hacen y tan poco se les reconoce, pero esta vez el Congreso decidió convertir en ley lo que impulsaba el proyecto para iniciar un régimen laboral para empleadas domésticas.</h3>
<p style="text-align: justify;">El conjunto de <a href="http://escalassalariales.com.ar/escala-salarial-empleada-domestica-cordoba.html"><strong>empleadas domésticas</strong></a>, les será reconocidos similares derechos que los derechos que tienen los trabajadores, como ser:</p>
<p style="text-align: justify;"><span id="more-721"></span></p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>Cuales son los Beneficios:</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">-Vacaciones pagas (14 días hasta los 5 años de antigüedad, y 35 días pasados los 20 años de antigüedad)<br />
-La licencia por maternidad<br />
-Licencia por enfermedad (el empleador tendrá que pagarle la licencia, de hasta 3 meses, para la empleada con menos de 5 años de antigüedad, y de 6 meses cuando la antigüedad es mayor)<br />
-Cobro de indemnización por despido<br />
-Beneficio de una jornada de trabajo máxima de 48 horas.<br />
-Licencia paga por nacimiento de un hijo<br />
-Licencia paga por matrimonio<br />
-Licencia paga por fallecimiento de un familiar<br />
-Licencia paga por exámenes de estudios.<br />
-Licencia por embarazo similar a la que disfrutan las demás trabajadoras. Esto evita el despido en el embarazo.</p>
<p style="text-align: justify;">Detrás de que se convierta en ley estuvo la propia presidenta Cristina Fernández de Kirchner dicha iniciativa, fue enviada al Congreso en 2010 y a su vez aprobada por la Cámara de Diputados unánimemente, el mismo proyecto fue aprobado por la Cámara baja en el año 2011, sin embargo pasó a debate debido a las reformas del Senado, logró unos 206 votos a favor, es decir todos votaron a favor.</p>
<p><iframe width="500" height="375" src="http://www.youtube.com/embed/velArMQmIMM?feature=oembed" frameborder="0" allowfullscreen></iframe></p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>Reconocimiento por Ley:</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">La ley le reconoce a todas las trabajadoras que se empleen en casas particulares quedando en la categoría de trabajadoras, y similares derechos que los demás trabajadores. Es definida como una norma logra eliminar el hasta ahora &#8220;régimen arcaico&#8221; además de ser injusto dando un reconocimiento al conjunto de trabajadoras.</p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>Quiénes se Benefician:</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">Se podrán beneficiar del nuevo régimen laboral un total de 1 millón de trabajadoras empleadas domésticas, siendo alcanzadas las empleadas con cama adentro y las empleadas que trabajen por hora, sin importar si tienen uno solo o más empleadores.</p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>Jornada Laboral:</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">En cuanto a la jornada laboral no podrá superar las 8 horas diarias como tampoco las 48 horas semanales. Además desde ahora las empleadas tienen derecho a tener un descanso de un total de 35 horas corridas a la semana, desde el día sábado, a las 13 horas.</p>
<p style="text-align: justify;">De manera que las trabajadoras con cama adentro, podrán descansar por día unas 9 horas seguidas, además de 3 horas en medio de las tareas matutinas y vespertinas y el derecho a tener habitación privada, amueblada e higiénica cuando sean cama a dentro.</p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>Salario Mínimo:</strong></h3>
<p style="text-align: justify;">También se ha fijado que el salario mínimo lo deberá fijar la comisión que deberá crearse en el Ministerio de Trabajo debiendo fijar la remuneración básica para las empleadas de hogar.</p>
<p style="text-align: justify;">Si se da un despido sin causa, la empleada podrá cobrar indemnización que será similar a la que cobran los trabajadores, siendo 1 mes de salario por cada año de antigüedad como empleada.</p>
<p style="text-align: justify;">Mientras que las horas extras tendrán que ser pagadas acompañadas de un plus representativo al 50% los días laborales y con un plus del 100% por los domingos y feriados.</p>
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		<title>Régimen para el personal doméstico</title>
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		<pubDate>Mon, 23 Jan 2012 15:31:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>guido</dc:creator>
				<category><![CDATA[Salario Domèstico]]></category>

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		<description><![CDATA[El llamado &#8220;Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares&#8221; se encuentra aprobado por el Congreso Argentino, [...]]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<div class="bottomcontainerBox" style="background-color:#F0F4F9;">
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<p>El régimen define como <strong>&#8220;<a href="http://buscartutrabajo.com.ar">trabajo </a>en casas particulares a toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar&#8221;</strong>. &#8220;Se entenderá como tales también a la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad&#8221;.<span id="more-87"></span></p>
<p><strong>Establece que la jornada de trabajo no podrá exceder de las 8 horas diarias y 48 horas semanales, con un descanso de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas. </strong>Instituye un régimen de licencias según antigüedad, así como licencia paga por enfermedad o accidente, licencia de 90 días por maternidad.</p>
<p>Se legisla una <strong>indemnización equivalente a 1 año de remuneración</strong> en el caso de despido por causa de matrimonio o embarazo.</p>
<p><strong>En caso de despido sin causa se establece una indemnización de 1 mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor de 3 meses.</strong> El proyecto presentado hace un año por la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, para reglamentar el trabajo de los empleados de casas particulares hizo pie finalmente en el congreso y fue aprobado casi sin debate.</p>
<p>Al respecto, en el recinto el diputado oficialista Héctor Recalde, titular de la Comisión de Legislación de Trabajo, sostuvo que &#8220;la ley nos permite salir de un sistema semi feudal implementando por la dictadura –Revolución Libertadora 1956- y entrar en un sistema de igualdad e inclusión social”.</p>
<p>El régimen que involucra a las comúnmente llamadas &#8220;<strong>empleadas domésticas</strong>&#8220;, término que cuestionó la propia Presidenta al anunciar la iniciativa, prevé equiparar los derechos de estos trabajadores con los del resto del mercado laboral.</p>
<p>La iniciativa viene a reemplazar el estatuto previsto en el decreto ley vigente desde 1956, y fue consensuada por los legisladores que acordaron ampliar las clasificaciones de los trabajadores contemplados en la norma, buscando mejorar la redacción de la iniciativa original.</p>
<p>El debate en comisión. Según establece la norma, el Ministerio de Trabajo de la Nación será la autoridad de aplicación de la norma, algo que fue cuestionado por legisladores de la Coalición Cívica, pero Héctor Recalde defendió la postura oficial señalando que &#8220;no puede ser otro que el ministerio&#8221; el que se encargue de reglamentar la norma.</p>
<p>Amén de ciertas diferencias, se trata de un proyecto que no despertó enconos entre oficialistas y opositores. Por el contrario, la titular de la Comisión de Familia, la peronista federal Claudia Rucci, se manifestó &#8220;muy contenta&#8221; por la &#8220;armonía&#8221; con la que se trabajó durante los últimos cuatro meses para llegar a una conclusión final del trabajo.</p>
<p>“Garantizar los derechos laborales de los empleados y las empleadas domésticas es también practicar la Justicia Social”, aseguró Rucci, para quien “fue muy positivo el clima de armonía con el que se trabajó durante cuatro meses, sobre todo porque propusimos tantos cambios a los proyectos originales que sólo se podrían haber aceptado desde el trabajo conjunto”.</p>
<p>Para la legisladora “era inmoral que en este tema todavía tuviera vigencia el decreto de 1956 de la Revolución Libertadora”. En tanto, Recalde dijo que “será el Ministerio de Trabajo quien reglamente la norma, como corresponde”.</p>
<p>El dictamen resume una serie de proyectos sobre el tema presentados por los diputados Elisa Carca, Fernanda Gil Lozano, Dante Gullo, Fernando Solanas, Silvia Majdalani y Alicia Comelli, a los que se les sumó últimamente uno del Poder Ejecutivo.</p>
<p>El proyecto incluye al personal de limpieza y de mantenimiento, como a los acompañantes o cuidadores no terapéuticos de personas enfermas o con discapacidad. Se fijaron modalidades con retiro y sin retiro, y una cantidad mínima de 12 horas de descanso diarias.</p>
<p>Además, se determinó que los empleadores tendrán 120 días para regularizar la situación de sus contratados a partir de la reglamentación de la ley. Para la iniciativa fue solicitada una cuestión de preferencia, por lo que tendrá pronto tratamiento en el recinto</p>
<p><object classid="clsid:d27cdb6e-ae6d-11cf-96b8-444553540000" width="420" height="315" codebase="http://download.macromedia.com/pub/shockwave/cabs/flash/swflash.cab#version=6,0,40,0"><param name="allowFullScreen" value="true" /><param name="allowscriptaccess" value="always" /><param name="src" value="http://www.youtube.com/v/xUWWlfBx2p8?version=3&amp;hl=es_ES" /><param name="allowfullscreen" value="true" /><embed type="application/x-shockwave-flash" width="420" height="315" src="http://www.youtube.com/v/xUWWlfBx2p8?version=3&amp;hl=es_ES" allowscriptaccess="always" allowfullscreen="true"></embed></object></p>
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